El proceso duró 17 años. Hoy, gracias al "Caso Kimel", se habla de un antes y un después en materia de libertad de expresión. El periodista participará mañana en una jornada organizada por el CEPODEH y el ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos. Se desarrollará a partir de las 10.30, en el campus de la Universidad Católica de Salta.
¿Qué fue lo que lo motivó a investigar el caso de los sacerdotes palotinos?
Esto fue a mediados de los años 80, en el marco de un debate público que se había abierto en torno de los graves crímenes cometidos por la dictadura militar. Para mí tenía especial interés porque yo estaba vinculado a las organizaciones de derechos humanos. Una editorial me propuso trabajar sobre ese tema y comencé a indagar. Me pareció muy interesante contar esta historia porque se trataba de un hecho muy llamativo dentro del terrorismo de Estado porque, como es conocido, en lugar de ser secuestrada, la comunidad de curas palotinos fue masacrada en su lugar de residencia.
Otro tema que quería abordar era la conducta seguida por la jerarquía de la Iglesia Católica en aquella época, que en su gran mayoría apoyó el golpe de Estado y la dictadura. Mientras, otros sectores, como el movimiento de curas tercermundistas, reivindicaban el rol social de la iglesia.
¿Imaginó que el libro podía derivar en un proceso judicial como el que vino después?
Francamente no. Cuando realicé el libro asumí un riesgo que conocía y que tenía que ver con algún tipo de amenaza o de agresión física por parte de un sector de la represión. Pero jamás pensé que ese párrafo escueto que le dedicó a la investigación judicial que tuvo a su cargo el entonces juez Guillermo Rivarola iba a provocar esa querella.
El proceso judicial duró 17 años. Finalmente llegó la sentencia de la Corte Interamericana, a su favor. ¿El Estado argentino cumplió con las disposiciones emanadas de este fallo?
Algunas de esas disposiciones ya han sido cumplidas por el Estado nacional. Una ha sido la publicación de la parte fundamental de la resolución del fallo de la Corte Interamericana en un medio masivo. Otra disposición, también cumplida, ha sido la eliminación de mis antecedentes en los registros policiales y judiciales. También se fijó el pago de una indemnización correspondiente a los daños de tipo material e inmaterial de que fui objeto, y el pago de las costas a la organizaciones que me respaldaron durante 17 años. Ese depósito ya se hizo efectivo. Pero el tema fundamental todavía no está cumplido, que es la eliminación de la condena penal.
Para ello hace falta modificar la legislación en materia de calumnias e injurias.
Exactamente. Pero, de todas maneras, afortunadamente ya tenemos dos casos en el país, uno en Necochea y otro en Paraná, donde dos jueces han utilizado el fallo emitido por la Corte Interamericana para absolver a personas que habían sido acusadas por calumnias e injurias por opiniones vertidas en el contexto de debates o polémicas públicas, y donde los acusadores eran funcionarios. Este es un antecedente muy importante porque se ve que la magistratura está haciendo lo que corresponde: tomar un fallo de la Corte Interamericana (que es de carácter obligatorio para el Estado argentino) y aplicarlo a la resolución concreta de casos donde están afectados el derecho al honor y a la libertad de expresión.
Pero queda librado a la interpretación de cada juez. Sería mucho más sencillo si se modificara la legislación...
Claro, ese sería el paso fundamental. Lo hemos planteado a lo largo del desarrollo del caso, fundamentalmente cuando entró a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, porque entendíamos que su resolución podía servir para elevar el nivel de protección de los ciudadanos en relación a los debates donde se ponen en cuestión asuntos de interés público. En su sentencia, la Corte recuerda que, en sociedades democráticas, los funcionarios se exponen voluntariamente "al escrutinio y la crítica".
Lo interesante de esto es que, mientras se logra el objetivo final de la modificación del sistema (artículos 109 y 110 el Código Penal), algunos jueces ya están usando mi caso como antecedente.
¿Qué fue lo bueno de haber escrito "La masacre de San Patricio?
El libro siempre estuvo bien, al margen de la cuestión judicial. Lo que intenté se logró: contar una historia que, finalmente, tuvo derivaciones buenas porque muchas personas vinculadas con la Iglesia Católica o no, han tomado mi libro como referencia. Cito, como ejemplo, la película "4 de Julio", un excelente documental que proyectaremos en Salta.
Por otro lado, no puedo desconocer que la historia del libro está asociada a la historia del juicio. Con el tiempo comprendí que, más allá de la afectación personal -que ha sido intensa porque el juicio ha jorobado mi vida profesional y familiar-, este caso está modificando el nivel de protección de todos los ciudadanos, en relación a la libertad de expresarse públicamente, especialmente en la crítica a la actuación de los funcionarios públicos.
el caso
En "La Masacre de San Patricio", Kimel cuestiona la labor del juez Guillermo Rivarola, a cargo de la investigación de la muerte de 5 sacerdotes, en 1976. A raíz de esas críticas, el magistrado lo demandó por calumnias e injurias, en 1995, y Kimel fue condenado a un año de prisión en suspenso y a pagar $20 mil en concepto de indemnización. Si bien en segunda instancia obtuvo una revocación de la condena, la Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió confirmar la sentencia de primera instancia, en 1998.
Kimel llevó el caso ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que finalmente condenó a la Argentina a dejar sin efecto la sentencia en su contra y ordenó reformar las leyes de calumnias e injurias, para evitar la persecución penal de las críticas a funcionarios públicos.
* Por María Fernanda Abad
Fuente: Diario El Tribuno
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